Contrato y condiciones de trabajo

Vacaciones de una empleada de hogar

Una empleada de hogar tiene treinta días naturales de vacaciones al año, pagadas, igual que cualquier otra persona trabajadora. Da igual que trabaje a jornada completa o unas pocas horas a la semana: el número de días es el mismo. Lo que cambia con la jornada es el salario de esos días, que es el de siempre.

Cuántos días le corresponden

Treinta días naturales por año trabajado. Son días naturales, no laborables: se cuentan todos los días del calendario, incluidos sábados, domingos y festivos que caigan dentro del periodo de vacaciones.

Si no ha trabajado el año completo, le corresponde la parte proporcional: cada mes trabajado genera dos días y medio de vacaciones.

Ejemplo. Una empleada empieza a trabajar el 1 de julio. Hasta el 31 de diciembre habrá trabajado seis meses, así que ese año le corresponden quince días de vacaciones (seis meses por dos días y medio). Al año siguiente, si trabaja el año entero, tendrá los treinta días.
Otro ejemplo. Empieza el 1 de octubre. Hasta final de año son tres meses: siete días y medio de vacaciones. Lo práctico es redondear a favor de la trabajadora y darle ocho días.

Cómo se pueden repartir

Las vacaciones se pueden dividir en dos o más periodos, pero al menos uno tiene que ser de quince días naturales seguidos. Algunas formas habituales de repartirlas:

  • Un solo periodo de treinta días, por ejemplo todo agosto.
  • Quince días en verano y quince días en Navidad.
  • Quince días en verano y el resto en varias semanas sueltas a lo largo del año.

Lo que no se puede es trocearlo todo en días sueltos: siempre tiene que haber un periodo de al menos quince días seguidos.

Quién elige las fechas

Lo normal es acordarlas entre las dos partes. Si no hay acuerdo, la norma da una regla sencilla:

  • El empleador puede fijar quince días según las necesidades de la familia.
  • La persona trabajadora elige libremente los quince restantes.
  • En ese caso, las fechas tienen que conocerse con dos meses de antelación al inicio de las vacaciones.
Consejo. Deja las fechas acordadas por escrito a principio de año, aunque sea en un mensaje. Evita malentendidos y te permite organizar con tiempo quién cuida de la casa o de las personas a cargo durante esos días.

Durante las vacaciones

Las vacaciones son descanso. La persona trabajadora no está obligada a quedarse en el domicilio familiar ni a acompañar a la familia allí donde se desplace. Si la familia se va de vacaciones y quiere que ella vaya a trabajar con ellos, eso no son vacaciones para ella, sino días de trabajo.

Durante las vacaciones cobra su salario normal: la nómina de ese mes es la de siempre.

Vacaciones no disfrutadas

Las vacaciones son para disfrutarlas, no para cambiarlas por dinero mientras dura la relación. Solo cuando la relación termina, las generadas y no disfrutadas se pagan en el finiquito.

Ejemplo. La relación termina el 30 de abril y en ese año la empleada no ha cogido vacaciones. Ha generado cuatro meses por dos días y medio: diez días, que se pagan en el finiquito.

Preguntas frecuentes

¿Una empleada que trabaja pocas horas también tiene treinta días? Sí. Los días son los mismos con cualquier jornada; lo que cobra esos días es su salario habitual, en proporción a sus horas.

¿Y si trabaja en varias casas? Cada empleador le debe sus propias vacaciones. Lo más práctico es coordinarse para que coincidan las fechas, y así descanse de verdad. Si cobra por horas al precio mínimo por hora, ese precio ya incluye el pago de las vacaciones, pero los días de descanso se disfrutan igual.

¿Se pueden pagar las vacaciones en lugar de disfrutarlas? No mientras dura la relación. Solo se pagan las que queden pendientes cuando la relación termina.

¿Puedo decidir yo todas las fechas? No, salvo que ella esté de acuerdo. Sin acuerdo, tú puedes fijar quince días y ella elige los otros quince, con dos meses de antelación.

Las demás reglas de horarios y descansos están en jornada y descansos de una empleada de hogar, y el texto de la norma en el artículo 9 del Real Decreto 1620/2011.

Si la relación termina, la calculadora de finiquito incluye las vacaciones generadas y no disfrutadas.

Calcula las vacaciones pendientes en el finiquito
AA

Revisado por

Alejandro Aradas García, abogado laboralista

Última actualización:

Fuentes