Contrato y condiciones de trabajo

Qué trabajos son empleo de hogar

El empleo de hogar es el trabajo que una persona hace para una familia en su casa, a cambio de un salario. Tiene sus propias reglas, las del Real Decreto 1620/2011, y una forma especial de cotizar a la Seguridad Social. Por eso conviene saber bien qué trabajos entran y cuáles no.

Qué es exactamente

Es la relación entre el titular del hogar familiar, que es el empleador, y la persona que trabaja para él, por su cuenta y bajo sus indicaciones, prestando servicios retribuidos en el ámbito de ese hogar.

El empleador es quien es titular del hogar: la persona que vive en la casa o figura como titular del domicilio donde se trabaja. Si varias personas que no son familia comparten vivienda, el empleador es el titular de la vivienda o quien las represente a todas.

Qué trabajos incluye

La norma es amplia. Entran todas las tareas domésticas y las que forman parte del cuidado del hogar:

  • Tareas de la casa: limpieza, cocina, plancha, compras, orden.
  • Dirección o cuidado del hogar, en conjunto o en alguna de sus partes.
  • Cuidado de personas de la familia o del entorno doméstico: niños, personas mayores, personas enfermas.
  • Otros trabajos domésticos, como guardería, jardinería o conducción del vehículo familiar, y otros parecidos.
Ejemplos. Una persona que limpia una casa tres mañanas a la semana, una niñera que recoge a los niños del colegio y se queda con ellos por la tarde, una cuidadora interna de una persona mayor o un jardinero que cuida el jardín de una vivienda familiar: todos son empleo de hogar si los contrata directamente la familia.

Qué queda fuera

Aunque las tareas sean domésticas, no es empleo de hogar en estos casos:

  • Cuando contrata una empresa o cualquier persona jurídica, aunque el trabajo sea limpiar casas: se aplican las reglas laborales generales.
  • Cuando la persona llega a través de una empresa de trabajo temporal.
  • Los cuidadores profesionales contratados por instituciones públicas o entidades privadas dentro del sistema de atención a la dependencia.
  • Los cuidadores no profesionales: familiares o personas del entorno que atienden en casa a una persona dependiente, sin estar vinculados a un servicio profesional.
  • Los servicios entre familiares cuando quien los presta no es asalariado.
  • Los trabajos por amistad, benevolencia o buena vecindad.

Los acuerdos «au pair»

Las relaciones de colaboración y convivencia familiar, como las llamadas «a la par», tampoco son empleo de hogar: la persona convive con la familia y presta algún servicio, como cuidar a los niños o enseñar un idioma, a cambio de comida, alojamiento o una simple compensación de gastos. Pero solo mientras esos servicios sean marginales. Si en la práctica la persona trabaja como cualquier empleada de hogar, la relación es laboral.

Si también trabaja en el negocio de la familia

Si la persona, además de trabajar en la casa, tiene que hacer con cualquier frecuencia trabajos para el negocio o la empresa del empleador, la norma presume que hay una única relación laboral común, no de empleo de hogar. Solo sigue siendo empleo de hogar si esos otros trabajos son marginales o esporádicos.

Ejemplo. Si la persona que limpia la casa también limpia todas las semanas la oficina del empleador, la relación ya no es de empleo de hogar. Si un día puntual le echa una mano en la oficina, sigue siéndolo.

Interna, externa o por horas

Da igual cuántas horas trabaje o si vive en la casa: una persona que limpia dos horas a la semana y una cuidadora interna son las dos empleadas de hogar. Cambian el salario mínimo que hay que respetar y algunas reglas de jornada. Las de quien vive en la casa están en la empleada de hogar interna, y las de quien trabaja en varias casas, en empleada de hogar en varias casas.

Qué obligaciones tiene el empleador

Preguntas frecuentes

¿Una niñera es empleada de hogar? Sí, si la contrata directamente la familia para cuidar a los niños en casa. Cuidar a los miembros de la familia es una de las tareas propias del empleo de hogar.

¿Y una cuidadora de una persona mayor? También, si la contrata la familia. Si la presta una empresa o un servicio público de dependencia, no. Más en cuidar a una persona mayor en casa.

¿Si contrato una empresa de limpieza tengo que dar de alta a la limpiadora? No. La empleadora es la empresa, que es quien la contrata, la da de alta y le paga.

¿Un familiar que me ayuda en casa es empleado de hogar? Solo si es asalariado: si trabaja a cambio de un salario y bajo tus indicaciones como cualquier otra persona trabajadora.

¿Unas pocas horas a la semana también cuentan? Sí. No hay un mínimo de horas: la relación es de empleo de hogar aunque sea una hora a la semana, con su alta y su nómina.

Introduce el salario y las horas y obtén el neto, las cotizaciones y el coste total.

Calcula la nómina de tu empleada de hogar
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Revisado por

Alejandro Aradas García, abogado laboralista

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Fuentes